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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0120/2007
Fecha: 2007-03-21
Carátula: SURMAT S.A. C/ SUAREZ PABLO Y OTRA S/ SUMARIO - COBRO DE PESOS
Descripción: INIC.SUMARIO
EXPTE. N° 0120/2007
CARATULA: SURMAT S.A. C/ SUAREZ PABLO Y OTRA S/ SUMARIO - COBRO DE PESOS
Viedma, marzo de 2.007.-
Por presentados, parte y por constituído el domicilio.-
No siendo menester la reserva solicitada, agréguese la documental acompañada.-
Por promovida demanda, que tramitará según las normas del proceso sumario (art. 320 Cód. Procesal), córrase traslado de ella a los demandados por el término de 10 (diez) días a quienes se citan y emplazan para que la contesten en el plazo indicado, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59 y 356 del C.P.C.C., opongan excepciones y acompañen las pruebas documentales de que intenten valerse (arts. 333, 356 y 488 Cód. citado). Notifíquese por cédula con entrega de las copias de ley (idem arts. 339, l35 inc.1º). Martes y viernes para notificaciones por Secretaría (art. 133 Cód. Procesal).-
Previo, repóngase la suma de $ 38,32 por impuesto de justicia y óblese la de $ 25,50 por aporte al Colegio de Abogados.-
Asimismo, acompáñense dos juegos de copias para traslado en debida forma.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro