Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0118/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2007-03-20

Carátula: RODRIGUEZ ORLANDO PABLO C/ RODRIGUEZ CESAR FIDEL Y OTRO S/ INTERDICTO DE RECOBRAR

Descripción: prov

EXPTE. N° 0118/2007

CARATULA: RODRIGUEZ ORLANDO PABLO C/ RODRIGUEZ CESAR FIDEL Y OTRO S/ INTERDICTO DE RECOBRAR

Viedma, marzo de 2007.-

Por presentado, parte y domiciliado.-

Toda vez que la totalidad de las copias acompañadas carecen de validez legal por ser fotocopias simples, devuélvanse las mismas a su presentante.-

A los fines que se expida con relación a los sellados pasen los autos en vista a la Dirección General de Rentas.-

Hágase saber a la profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

Denúnciese con precisión el domicilio de los demandados (conf. art. 330, inc. 2° C.Pr.).-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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