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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34625
Fecha: 2007-03-20
Carátula: SCAGLIOTTI Juan c/AGUAS RIONEGRINAS S.A. S/ Beneficio y ordinario
Descripción: se aprueba liquidación//regulación
General Roca, 20 de marzo de 2.007.-
Atento las constancias de autos, apruébase en cuanto ha lugar, por derecho la liquidación de fs. 281 y su especificaciónde fs. 289 por la suma de $ 2.076,21 a favor del actor, al 21/12/2006 y por la suma de $ 131,44 a favor del Colegio de Abogados, al 09/02/2007.-
Atento el estado de autos, regulo por acrecidos los honorarios del Dr. Hernán Felipe Otero en la suma de $ 2.800.- (M.B. $ 70.149,72 liquidación aprobada precedentemente más la de fs. 253)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro