include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35656
Fecha: 2007-03-19
Carátula: PENNA Calixto y Otros en La REGINENESE Coop. S/Conc.Prev. S/ Pronto Pago
Descripción: se ordena mand.ç
General Roca, 19 de marzo de 2.007.-
Atento las constancias de fs. 29, líbrese mandamiento de embargo contra la concursada por las sumas de $ 19.733,94 en concepto de capital, con más la suma de $ 8.000 que se calculan para costas.-
Cítese de venta por el término de cinco días al domicilio constitutido. Not.-
Atento lo peticionado, desígnase OFICIAL DE JUSTICIA “AD HOC” al Sr./ra Daniel Watson, quien actuará en tal caracter en la diligencia a realizar, asumiendo las responsabilidades legales inherentes al cargo conferido y quedando entendido que el mismo queda aceptado con su intervención en la diligencia, de la quedeberá levantar acta detallada de lo ocurrido y agregarla en autos dentro del TERCER día, bajo apercibimiento de remoción y sin perjuicio de las demás sanciones que en el caso correspondan. Not.
Al punto III: Téngase presente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro