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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 29690IV
Fecha: 2005-07-20
Carátula: BANCO DE LA PAMPA c/AGUIRRE Hermenegildo y otra S/ Ejecutivo
Descripción: SE ORDEN OFICIO.-
//neral Roca, 20 de JULIO de 2005.-
En atención a lo solicitado y estado de autos, procédase a la reinscripción del embargo oportunamente trabado a cuyo efecto y para su toma de razón librese oficio al Registro de la Propiedad Automotor correspondiente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro