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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0099/2007
Fecha: 2007-03-16
Carátula: RALINQUEO DEBORA SOLEDAD S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Descripción: INICIA
EXPTE. Nº 0099/2007
CARATULA: RALINQUEO DEBORA SOLEDAD S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS.-
Viedma, marzo de 2.007.-
Por presentada, parte y por constituído el domicilio. Agréguese por cuerda las presentes actuaciones a los autos caratulados: RALINQUEO DEBORA SOLEDAD C/ INDACO RICARDO VICTOR Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS) Expte nº 0732/2005.-
Por iniciado trámite de Beneficio de Litigar sin Gastos por DEBORA SOLEDAD RALINQUEO, el que tramitará según el art. 78 y concordantes del Código Procesal Civil y Comercial.-
Líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble de esta ciudad, a fin de que informe a este Juzgado si a nombre de la peticionante existen bienes registrables.-
Conforme lo prevee el artículo 80 del C. Pr., cítese a los litigantes contrarios a fin de que fiscalicen la prueba a producirse.-
A los fines peticionados en el punto 3 deberá ocurrir en la causa que corresponde.-
Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
A lo demás, oportunamente.-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
NOTA: De haberse cumplimentado lo ordenado precedentemente. Conste.-
Secretaría, marzo de 2007.-
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Poder Judicial de Río Negro