Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0082/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2007-03-16

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ ZALESKY JUAN JOSE S/ ORDINARIO

Descripción: INICIA DEMANDA

EXPTE N° 0082/2007

CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ ZALESKY JUAN JOSE S/ ORDINARIO

Viedma, marzo de 2007.-

Por presentado, parte y constituido el domicilio. Agréguese la documentación acompañada y resérvese en Secretaría el expediente y sus anexos, devolviéndose a su presentante los restantes, ello teniendo en cuenta que las mismas carecen de validez por tratarse de copias simples.-

Por promovida demanda, la que tramitará según las normas del proceso ordinario (art. 319 del C.P.C.C.), córrase traslado de ella al demandado por el término de quince (15) días, a quien se cita y emplaza para que la conteste en el plazo indicado, bajo apercibimiento previsto en los arts. 59 y 356 del Cód. Procesal, oponga excepciones dentro del plazo de ley y acompañe la documental de que intente valerse (arts. 333, 346 y 356 Cód. citado). Notifíquese por cédula con entrega de las copias de ley (idem arts. 135 inc. 1º y 339). Martes y viernes para notificaciones por Secretaría (art. 133 Cód. Procesal).-

Atento lo peticionado y de conformidad con lo dispuesto por el art. 121 del Cód. Pr., exímase a la parte de acompañar copias para traslado de la documental obrante a fs. 4/172 y del expediente y sus anexos que se reservan en Secretaría, quedando a disposición de la parte demandada para su consulta y observación.-

Tiénese presente la reserva efectuada.-

A lo solicitado en el punto 5) del petitorio, estése a la etapa procesal oportuna.-

A lo demás, oportunamente.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

NOTA: De haberse reservado Expte. nº 7.013-F-2006 y sus anexos I, PARTE I (A) y (B); PARTE II (A) y (B) y PARTE III bajo registro P - 08/07 y de haberse procedido a la devolución de fotocopias simples de los siguientes expedientes: nº 684/00; nº 007/99; nº 644/00; nº 734/00; nº 616/00; nº 432/02; nº 036/01; nº 719/00; nº 141/99; nº 003/99; nº 513/99; nº 366/02; nº 226/99; nº 002/99; nº 385/00; nº 678/97; nº 237/99 y nº 227/99. Conste.-

SECRETARIA, marzo de 2007.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro