Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 33537III

N° Receptoría:

Fecha: 2007-03-15

Carátula: BANCO DE LA PAMPA C/PARRA Josefa Marina S/ Ejecutivo

Descripción: se ordena embargo automotor.-

//neral Roca, 15 de Marzo de 2007.-

Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón librese oficio al Registro de la Propiedad Automotor No 2 de la ciudad de General Roca, haciendose efectiva la medida siempre y cuando sea titular registral los demandados y por el capital más costas fijados en autos.-

Requiérase asimismo, condiciones de dominio, gravamen e inhibiciones.-

Oportunamente, notifiquese a los accionados el embargo precedentemente ordenado.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro