include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0092/2007
Fecha: 2007-03-14
Carátula: ROJAS LUIS ALBERTO C/ GARCIARENA ELVIO ABEL S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: INIC.SUMARIO
EXPTE. N° 0092/2007
CARATULA: ROJAS LUIS ALBERTO C/ GARCIARENA ELVIO ABEL S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, marzo de 2.007.-
Por presentado, parte y por constituído el domicilio. Agréguese la documentación acompañada y resérvense en Secretaría las placas radiográficas presentadas, quedando las mismas a disposición de las partes para su consulta.-
Teniendo en cuenta la certificación de fs. 4 con relación al beneficio de litigar sin gastos, hágase saber que en su oportunidad deberá presentarse copia certificada o testimonio de la resolución que recaiga en dichas actuaciones (conf. art. 63 ley 2430 -modif. ley 3780, art. 2° inc. f-).-
Toda vez que la copia acompañada de la publicación de periódico "El Este" carece de validez legal por ser fotocopia simple, devuélvase la misma a su presentante.-
Por promovida demanda, la que tramitará según las normas del proceso sumario (art. 320 Cód. Procesal), córrase traslado de ella al demandado Sr. Elvio Abel Garciarena por el término de doce (12) días, a quien se cita y emplaza para que la conteste en el plazo indicado, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59 y 356 del C.P.C.C., oponga excepciones y acompañe la prueba documental de que intente valerse (arts. 333, 356 y 488 Cód. citado). Notifíquese por cédula con entrega de las copias de ley (idem arts. 339, l35 inc.1*). Martes y viernes para notificaciones por Secretaría (art. 133 Cód. Procesal).-
R.B.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
NOTA: De haberse devuelto fotocopia de publicación de periódico ¨El Este¨ conforme lo ordenado precedentemente; y de reservarse dos (2) placas radiográficas bajo registro R-11/07. Conste.-
Secretaría, marzo de 2007.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
<*****>
Poder Judicial de Río Negro