Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1813/01/6

N° Receptoría:

Fecha: 2007-03-14

Carátula: CREDIL S.R.L. C/ CALVO DORA BEATRIZ S/ EJECUTIVO

Descripción: APRUEBA LIQUIDAC. CREDIL- OF EMBARGO Y BCO

EXPTE. Nº 1813/01/6

CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ CALVO DORA BEATRIZ S/ EJECUTIVO

Viedma, marzo de 2007.-

Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 97 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébase la misma en cuanto ha lugar por derecho, en la suma de $ 147,63 de la que corresponde $ 102,35 a Intereses de Capital y $ 45,28 a Intereses de Honorarios de la Dra. Scoccia al 31-01-2007, adecuada que fue conforme los rubros determinados en el punto I de la providencia de fs. 78.-

Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada, como empleada de Legislatura de la Provincia de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 147,63 en concepto de saldo de liquidación aprobada, con más la suma de $ 30 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.-

Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Cristian Mildenberger y a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 45,28 en concepto de Honorarios de la Dra. Scoccia y $ 102,35 por capital, debiendo informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-

A la regulación de honorarios solicitada, oportunamente.-

s.b.s.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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