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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0115/2002
Fecha: 2007-03-13
Carátula: ZAGARI NICODEMUS C/ HARO OLGA DEL CARMEN S/ EJECUTIVO
Descripción: EMB. SUELDO Y OFICIO BANCO
EXPTE. Nº : 0115/2002.-
CARATULA: ZAGARI NICODEMUS C/ HARO OLGA DEL CARMEN S/ EJECUTIVO.-
Viedma, marzo de 2007.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada, sra. Olga del Carmen Haro como empleada del Consejo Provincial de Educación hasta cubrir la suma de $ 408,95 en concepto de liquidación aprobada en autos, con más la suma de $ 58 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A..-
Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar a la Dra. María Rita Custet Llambi y/o Yanina Laval a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta cubrir la suma de $ 408,95 en concepto de capital, debiendo informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro