Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0362/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2007-03-13

Carátula: VIGGIANI SUSANA AMELIA C/ CASALLA KARINA MARIELA Y OTRO S/ EJECUTIVO

Descripción: EMB. SUELDO Y OFICIO BANCO

EXPTE. Nº: 0362/2005.-

CARATULA: "VIGGIANI SUSANA AMELIA C/ CASALLA KARINA MARIELA Y OTRO S/ EJECUTIVO".-

Viedma, marzo de 2.007.-

Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado, CASALLA KARINA MARIELA como empleada de la Policía de la Provincia de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 112,37 en concepto de capital, con más la suma de $ 100 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-

Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar a los Dres. Tamara Perez Balda y/o Gustavo Javier Bronzetti Nuñez a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 112,37 por capital, debiendo informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-

e.z

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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