Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37076

N° Receptoría:

Fecha: 2007-03-13

Carátula: CREDIL S.R.L. C/RIVAS Benjamin Nicolás S/ Ejecutivo

Descripción: multa

//neral Roca, 13 de MARZO de 2007.=

Atento lo peticionado y las constancias de fs. 36 vta, haciendo efectivo el apercibimiento dispuesto por el art. 399 del CPC, corresponde la aplicación a CLEVERMAN S.R.L. de $ 15.- por cada día de retardo, monto éste fijado en concepto de multa, el que se hará efectivo a partir de su notificación. Notifíquese, a cuyo efecto líbrese cédula.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro