include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0508/2004
Fecha: 2005-07-19
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ NUÑEZ RICARDO Y OTRA S/ ORDINARIO
Descripción: CONTESTA DEMANDA OPONE EXCEPCIONES
EXPTE. Nº 0508/2004
CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ NUÑEZ RICARDO Y OTRA S/ ORDINARIO
Viedma, julio de 2005.-
Por presentado, parte a mérito del poder acompañado y con domicilio ya constituido. Agréguese la documental acompañada.-
Por contestada la demanda. Por opuestas excepciones, de las mismas, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-
Sin perjuicio de ello y existiendo divergencias en el apellido de la demandada conforme surge del poder acompañado, del escrito de demanda y del escrito en despacho, aclárese tal circunstancia.-
e.z
Alejandro J. E. Moldes
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro