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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1149/2002
Fecha: 2005-07-19
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ GIL MARIA ROSA S/ EJECUTIVO
Descripción: APRUEBA LIQUIDACION-EMBARGO-OF. AL BANCO
EXPTE. No 1149/2002
CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ GIL MARIA ROSA S/ EJECUTIVO
Viedma, julio de 2005.-
I.- Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 53 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébase la misma en cuanto ha lugar, por derecho en la suma de $ 4.009,47 en concepto de intereses de capital y honorarios, 5% por caja Forense y 21% por el I.V.A., calculado al 16/05/05.-
II.- Conforme lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada, sra. María Rosa Gil como empleada del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 3.492,47 en concepto de saldo de liquidación aprobada, con más la suma de $ 550 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A..-
III.- Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar a la Dra. Ana Carolina Scoccia a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta cubrir la suma de $ 4.009,47 por capital, debiendo informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro