include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37236
Fecha: 2007-03-09
Carátula: CORDOBA Jorge c/ARRIAGADA Sergio Ricardo y otro S/ Ejecución de Sentencia
Descripción: regulación//a caja forense
Sr. JUEZ:
INFORMO: A Ud. que habiéndome comunicado telefónicamente con el Banco Patagonia S.A. el día 07.03.2007, me informaron que en la cuenta de autos 122176021 existe un saldo de $ 352,20.-
Secretaría, 09 de marzo de 2.007.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
General Roca, 09 de marzo de 2.007.-
Apruébase en cuanto ha lugar por derecho la liquidación practicada a fs . 40 por la suma de $ 797,68 al 31.01.2007.-
Previo al cheque solicitado, de la caución ofrecida, vista a Caja Forense.-
Atento el estado de autos, regulo por sus actuaciones los honorarios del Dr. Roberto H. Ibarra en la suma de $ 70.-- (M.B. $1.822 liquidación de fs. 40 menos las extracciones realizadas.-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro