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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 20208/05
Fecha: 2005-07-19
Carátula: OYARZO JORGE JOVEL S/ INDULTO
Descripción: rem.al IAPL sol.inf.Psicologico.
Expte. Nro. 20208/05-STJ.-
///MA, 19 de julio de 2005.-
-----Por recibido. Agréguese.- - - - - - - - - - - - - - -----Atento la condena que purga el peticionante, por expresa Instrucción del Tribunal, requiérase al Gabinete de Criminología de la Carcel de Encausados de Bariloche produzca un informe psicológico, con diagnóstico y pronóstico, y en su caso el tratamiento a seguir con el encartado, toda vez que de las constancias de autos no surge que tipo de tratamiento se le está dispensando y si es el adecuado a su personalidad.- - - - - -----Asimismo deberá incorporarse un informe carcelario actualizado.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----A sus efectos, remítanse las presentes actuaciones al Instituto de Asistencia a Presos y Liberados.-
EZEQUIEL LOZADA -
SECRETARIO -
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA-
EN FECHA /07/05 SE REMITEN LAS PRESENTES ACTUACIONES AL I.A.P. Y L..CONSTE.-
VIEDMA, 19 de julio de 2005.-
Oficio Nro. /05/Sec. Nro. 4-S.T.J.-
A los Sres. integrantes
del Cuerpo Médico Forense
de San Carlos de Bariloche R.N.
S / D
------------------------ Me dirijo a Ud./s. en los autos caratulados: "OYARZO JORGE JOVEL S/ INDULTO" (Expte. N° 20208/05-STJ-), a efectos de solicitarle la confección y posterior remisión de un informe psicológico con diagnóstico y pronóstico respecto de la adaptación social que pudiera experimentar Jorge Jovel Oyarzo, nacido el 26 de febrero de 1981 en El Bolson (R.N.), hijo de Emilio y de Marta Estela Zapata, quien actualmente se encuentra detenido en la Cárcel de Encausados de Bariloche (R.N.), a disposición de la Cámara Ia. en lo Criminal de Bariloche (Expte. N°. ), todo de esa ciudad.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
------------------------ Para mayor recaudo transcribo la providencia que así lo ordena, la que en su sección pertinente dice: “///MA, 19 de julio de 2005.- Atento la condena que purga el peticionante, por expresa Instrucción del Tribunal, requiérase al Cuerpo Médico Forense de San Carlos de Bariloche; para que a través del especialista idóneo produzca un informe psicológico, con diagnóstico y pronóstico, y en su caso el tratamiento a seguir con el encartado, toda vez que de las constancias de autos no surge que tipo de tratamiento se le está dispensando y si es el adecuado a su personalidad.- Ofíciese y resérvese en Secretaría estos actuados, hasta la recepción de la opinión del Cuerpo Médico Forense ...” FDO: Dr. Ezequiel Lozada, Secretario del Superior Tribunal de Justicia.- - - - - - - - - - - -
------------------------ Saludo a Ud/s muy atentamente.- - - - - NOB
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Poder Judicial de Río Negro