Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0548/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2007-03-07

Carátula: ORTIZ DANIEL ANIBAL Y OTRA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO

Descripción: OFICIO CAMARA REMOCION

PODER JUDICIAL

RIO NEGRO

Viedma, marzo de 2.007.-

OFICIO Nº _____/07

Al Señor Presidente

de la Cámara de Apelaciones en lo Civil

Dr. Gustavo A. Azpeitia

SU DESPACHO.-

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en los autos caratulados: "ORTIZ DANIEL ANIBAL Y OTRA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO" (Expte. n° 0548/2005), que tramitan ante el Juzgado Civil Nº 3 a mi cargo, Secretaría Unica, a efectos de comunicarle, conforme lo dispuesto en los arts. 469 y 472 del C.Pr., que el perito contador Ricardo Rubén Perez ha sido removido del cargo para el que fue designado en las presentes actuaciones en virtud de no haber presentado su dictamen pericial.-

Asimismo informo que no presentó ninguna justificación o excusación para la presentación del informe pericial. Se adjuntan fotocopias certificadas de las piezas pertinentes.-

Dios guarde a Ud.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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