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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0348/2004
Fecha: 2007-03-07
Carátula: LOVERA LAURA VERONICA C/ PEREZ PEDRO S/ CONSIGNACION
Descripción: CEDULA DE SENTENCIA
C E D U L A
Señor: Caja Forense
Domicilio: Belgrano 80 (const)
Ciudad: Viedma
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "LOVERA LAURA VERONICA C/ PEREZ PEDRO S/ CONSIGNACION", Expte. Nº 0348/2004, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, marzo 5 de 2.007.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- Rechazar la demanda interpuesta a fs. 11 por la sra. Laura Verónica Lovera contra el sr. Pedro Pérez.-II.- Imponer las costas a la parte actora (art. 68 ap. 1º CPCC) y regular los honorarios de los Dres. Ariel Alice y Nicolás Rochás, en forma conjunta, en la suma de $ 500 (10 jus) y los de los Dres. Ariel Alberto Gallinger, Francisco Raúl Digüero y Fabio Hernán Cygiel, en forma conjunta, en la suma de $ 350 (7 jus), (conf. arts. 6, 7, 8 ley 2.212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-III. Regístrese, notifíquese y protocolícese.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes Juez".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, marzo de 2.007.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro