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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33667III
Fecha: 2007-03-07
Carátula: HERRERA Marina S/ Sucesión
Descripción: Resolución Amplia. DECLARATORIA
//neral Roca, 7 de MARZO de 2007.=
AUTOS y VISTOS: Para resolver la ampliación de declaratoria de herederos en estos autos caratulados "HERRERA MARINA S/SUCESION" (Expte. 33.667-III-01),
A fs.122/3 se presentan Javier Rufino Claudio y Julio Victor Manuel, ambos de apellido Herrera solicitando ampliación de declaratoria, invocando ser hijos de Julio Argentino Herrera, quien falleciera el 28-6-83 en Allen, Río Negro, (certificado de fs.119), previo a la causante. A esos efectos acompañan partidas de nacimiento de su padre a fs.118 y de la causante a fs.115 con lo que acreditan que los mismos resultan ser hermanos.
Los datos personales de los mismos son:
Javier Rufino Claudio Herrera: nacido el 8-11-63 en Cipolletti, certificado a fs. 120.
Julio Víctor Manuel Herrera: nacido el 29-6-68 en Cipolletti (RN), partida de fs.121.
Datos que se complementan con las constancias de los autos sucesorios "HERRERA Julio Argentino S/Sucesión" (Expte. 10.539-VI-83) de trámite por ante el Juzgado Civil Nº 5 de ésta ciudad, el que se agrega por cuerda y que acreditan el parentesco denunciado en el carácter de sobrinos, constando declaratoria de herederos a su favor a fs.39.
Por lo expuesto y lo dispuesto por los arts. 3585 y cc del C.C., arts. 699, 700, y cc del CPC,
RESUELVO: Ampliar la declaratoria de herederos de fs.70, declarando que por fallecimimiento de MARINA HERRERA, le suceden en carácter de representación sus sobrinos JAVIER RUFINO CLAUDIO y JULIO VICTOR Manuel ambos de apellido HERRERA ARROYO, hijos de JULIO ARGENTINO HERRERA. Not. Regístrese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro