Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 14170-148-06

N° Receptoría:

Fecha: 2007-03-06

Carátula: DEL SOL S.A. / SANATORIO SAN CARLOS S.A. Y OTROS S/ MEDIDA CAUTELAR S/INCIDENTE ART.250

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:14170-148-06

Tomo:

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

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SAN CARLOS DE BARILOCHE, 06 DE MARZO DE 2007.- VISTOS: Los autos caratulados: “DEL SOL S.A. c/ SANATORIO SAN CARLOS S.A. Y OTROS S/ INCIDENTE ART. 250 CPCC.”, expte. nro. 14170-148-06 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

Y CONSIDERANDO:

Que no obstante haber sido integrado el presente incidente con las copias señaladas a fs. 18, las mismas resultan insuficientes para resolver la cuestión venida a examen del Tribunal.

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;

RESUELVE:

1ro.) requerir la remisión de las causas a la cual accede el presente incidente art. 250 del CPCC, a cuyo fin líbrese oficio. Confección y diligenciamiento del mismo a cargo de la apelante.

2do.) Interin, interrúmpanse los plazos para fallar. Oportunamente practíquese nuevo cómputo.-

3ro.) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí decidido.-

c.t.

Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio Edgardo J. Camperi

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Ante Mí: Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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