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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37828
Fecha: 2007-03-06
Carátula: DE LA IGLESIA Marta c/IRASTORZA Jose Maria S/ Ejecución de Honorarios
Descripción: Ejecucion Honorarios
//neral Roca, 06 de marzo de 2007.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
Téngase presente la documental acompañada y téngase por iniciada la ejecución de honorarios.-
Líbrese mandamiento de embargo directo ley 22.172 a Gobernador Gregores contra JOSE MARIA IRASTORZA por la suma de $682,50.- (honorarios más 5% de caja forense) en concepto de capital con más la de $300,00.- que se presupuestan para costas. Cítese de venta por el término de DIECIESIETE días. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula directa ley 22.172 a Gobernador Gregores (Pcia. de Santa Cruz).-
Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto líbrese oficio a la empleadora (TOPAES S.A.) a fin de que haga efectivo el mismo sobre los sueldos del demandado JOSE MARIA IRASTORZA en el porcentaje de ley y hasta cubrir las sumas de $682,50 en concepto de capital con más la de $300.- que se presupuestan para costas. Los fondos deberán ser depositados y/o transferidos a la cuenta de autos del Banco Patagonia, sucursal local, y a la orden del Tribunal.-
Oportunamente, notifíquese al demandado el embargo ordenado.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por Internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro