Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0527/2004

N° Receptoría:

Fecha: 2007-03-05

Carátula: CABEZA LILIA CIPRIANA Y OTRO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: ART. 489 C PR AMEI

EXPTE. Nº 0527/2004.-

CARATULA: CABEZA LILIA CIPRIANA Y OTRO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS).-

Viedma, marzo de 2.007.-

Tiénese presente lo manifestado y a los fines dispuestos por el art. 489 del Cód. Pr., señálase la audiencia del día 10 de abril de 2.007 a las 09:30 horas a la que deberán comparecer personalmente las partes, munidos de sus documentos de identidad, previa citación en legal forma, bajo apercibimiento de aplicar el equivalente a 50 jus en calidad de astreintes a la parte que no compareciera sin justa causa. Notifíquese y a la sra. Asesora de Menores e Incapaces en su despacho.-

jc

Alejandro J.E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro