include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0527/2004
Fecha: 2007-03-05
Carátula: CABEZA LILIA CIPRIANA Y OTRO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: ART. 489 C PR AMEI
EXPTE. Nº 0527/2004.-
CARATULA: CABEZA LILIA CIPRIANA Y OTRO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS).-
Viedma, marzo de 2.007.-
Tiénese presente lo manifestado y a los fines dispuestos por el art. 489 del Cód. Pr., señálase la audiencia del día 10 de abril de 2.007 a las 09:30 horas a la que deberán comparecer personalmente las partes, munidos de sus documentos de identidad, previa citación en legal forma, bajo apercibimiento de aplicar el equivalente a 50 jus en calidad de astreintes a la parte que no compareciera sin justa causa. Notifíquese y a la sra. Asesora de Menores e Incapaces en su despacho.-
jc
Alejandro J.E. Moldes
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro