Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0006/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2007-03-01

Carátula: TARRUELLA HUGO DANIEL C/ BERTOLISSIO HUGO EMILIO S/ EJECUTIVO

Descripción: SENT. REMATE - 5 Jus-

Viedma, marzo de 2.007.-

Y VISTOS: Los presentes obrados caratulados TARRUELLA HUGO DANIEL C/ BERTOLISSIO HUGO EMILIO S/ EJECUTIVO Expediente Nº 0006/2007; y

CONSIDERANDO:

Que el título es ejecutivo (art. 523 inc. 5º del Código Procesal Civil y Comercial).-

Que el demandado no opuso excepciones en término, por lo que corresponde dictar sentencia de remate conforme lo dispone el último párrafo del art. 542 del Código Procesal Civil y Comercial.-

Por ello;

RESUELVO:

I.- Llevar adelante la ejecución en contra de HUGO EMILIO BERTOLISSIO, condenándolo a pagar a HUGO DANIEL TARRUELLA la suma de $ 2.000 en concepto de capital reclamado al 29-01-2007 y de allí en más, hasta el efectivo pago intereses que resultan de promediar las tasas activa y pasiva que aplica el Banco de la Nación Argentina (conforme S.T.J. in re "CALFIN"), .-

II.- Imponer las costas del presente juicio al ejecutado (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial).-

III.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Emiliano Alberto Gallego en la suma de $ 250 (5 jus) (arts. 8 y 49 de la Ley 2.212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-

IV.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-

s.b.s.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro