include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 32928IV
Fecha: 2007-03-01
Carátula: BANCO BANSUD S.A. c/AGRESTE Marta G. S/ Ejecutivo
Descripción: reinscrip.embargo.Prestamo Dr.Bertolino.-
//neral Roca, 01 de Marzo de 2007.-
Al punto I, atento el estado de autos, procédase a la reinscripción de los embargo de automotores (parte indivisa de los dominios UAE 279 y VFI 475 (50%) de propiedad de la Sra. Marta Graciela Agreste L.C: 9.984.217 a cuyo efecto y para su toma de razón líbrese oficio al Registro de la Propiedad del Automotor de Villa Regina.-
Al punto II, facultase a los nombrados a suscribir las correspondientes minutas y formrularios para la efectivización de la medida.-
Al punto III, concédese el préstamo de las presentes actuaciones por el término de TRES DIAS.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro