Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0752/93/5

N° Receptoría:

Fecha: 2007-02-27

Carátula: PERELLO SANTIAGO GREGORIO S/ SUCESION

Descripción: prov

EXPTE. N° 0752/93/5

CARATULA: PERELLO SANTIAGO GREGORIO S/ SUCESION

Viedma, febrero de 2007.-

Agréguese la documental acompañada.-

Tiénese presente el bien denunciado.-

Del pago efectuado córrase vista a la Dirección General de Rentas.-

Repóngase la suma de $ 102 por aporte al Colegio de Abogados.-

Atento lo peticionado, el estado de autos y constancias de la causa, regúlanse los honorarios profesionales del Dr. Juan Pablo Beacon, en la suma de $ 1.426 (coef. 1/3 del 11 % del 50 % + 50 %) por los trabajos comunes y comprensiva hasta las tareas correspondientes a las respectivas inscripciones, con cargo a la sucesión (arts. 7 y 24 ley 2212). Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

A lo demás, oportunamente.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro