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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0752/93/5
Fecha: 2007-02-27
Carátula: PERELLO SANTIAGO GREGORIO S/ SUCESION
Descripción: prov
EXPTE. N° 0752/93/5
CARATULA: PERELLO SANTIAGO GREGORIO S/ SUCESION
Viedma, febrero de 2007.-
Agréguese la documental acompañada.-
Tiénese presente el bien denunciado.-
Del pago efectuado córrase vista a la Dirección General de Rentas.-
Repóngase la suma de $ 102 por aporte al Colegio de Abogados.-
Atento lo peticionado, el estado de autos y constancias de la causa, regúlanse los honorarios profesionales del Dr. Juan Pablo Beacon, en la suma de $ 1.426 (coef. 1/3 del 11 % del 50 % + 50 %) por los trabajos comunes y comprensiva hasta las tareas correspondientes a las respectivas inscripciones, con cargo a la sucesión (arts. 7 y 24 ley 2212). Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
A lo demás, oportunamente.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro