Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0749/2005PD1

N° Receptoría:

Fecha: 2007-02-27

Carátula: LEVI MARIA MAGDALENA C/ RUBILAR RUPERTO ROQUE Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: APLICA APERCIBIMIENTO ART. 431

EXPTE. Nº: 0749/2005PD1

CARATULA: LEVI MARIA MAGDALENA C/ RUBILAR RUPERTO ROQUE Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Viedma, febrero de 2007.-

Proveyendo a fs. 12/13: Agréguese la cédula acompañada y resérvese en Secretaría el interrogatorio presentado.-

Atento lo solicitado a fs. 14 y las constancias obrantes en autos, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto por el art. 431 del CPCC, líbrese oficio en los términos de la ley 22172 al Juzgado de Paz Letrado de Carmen de Patagones a los efectos de solicitarle arbitre los medios necesarios para que por medio de la fuerza pública haga comparecer al testigo Darío Orlando Leiva, domiciliado en Mitre nº 254 de esa localidad, a la audiencia supletoria fijada en las presentes actuaciones para el día 06 de marzo del corriente año a las 8:00 hs.-

s.b.s.

ALEJANDRO J. E. MOLDES

JUEZ

NOTA: De haberse procedido a la reserva ordenada precedentemente bajo registro nº L-04/07. Conste.-

Secretaría, febrero de 2007.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro