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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0808/2006
Fecha: 2007-02-27
Carátula: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ FRANCIONI JORGE ANTONIO S/ APREMIO
Descripción: prov
EXPTE. N° 0808/2006
CARATULA: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ FRANCIONI JORGE ANTONIO S/ APREMIO
Viedma, febrero de 2007.-
Por presentado, parte y domiciliado.-
Agréguese y tiénese presente.-
Tiénese al demandado por allanado en los términos del art. 307 del C.Pr., con costas, regulándose los honorarios profesionales del Dr. Leandro Merlo Ezcurra en la suma de $ 250 (5 jus) (arts. 8 y 49 ley 2212). Notifíquese y dése cumplimiento con la ley 869.-
De lo manifestado córrase vista la la Caja Forense.-
Hágase saber a la profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro