Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 21786/06

N° Receptoría:

Fecha: 2007-02-27

Carátula: CIFUENTES LUCAS GABRIEL S/ INDULTO

Descripción: A.I. (Of.)

///MA, 27 de febrero de 2.007.-

VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "CIFUENTES, LUCAS GABRIEL s/INDULTO" (Expte.N° 21786/06-STJ-), puestas a despacho para producir el informe previsto en el art. 44 inc. b de la Ley N° 2430, en concordancia con lo dispuesto en el art. 181 inc. 4 de la Constitución Provincial, y- - - - - - - - - - - --

CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

-----Que a fs. 36 la doctora Mariana SERRA, Defensora Penal, y Lucas Gabriel CIFUENTES, DNI. N° 28.989.233, nacido en Neuquén el 7-8-1981, actualmente alojado en el Establecimiento de Ejecución Penal N° 2 de General Roca, se presentan ante el señor Gobernador de esta Provincia solicitando una conmutación de la condena que oportunamente se le impusiera.- - - - - - - - -----El encartado de autos fue condenado por la Cámara Primera en lo Criminal de General Roca el día 22-7-2005 en causa N° 2835/99 a la pena de cuatro (4) meses de prisión de cumplimiento efectivo por considerarlo co-autor del delito de robo en grado de tentativa.- En el mismo fallo se le impone como pena única la de cinco (5) años y cinco (5) meses de prisión, pena comprensiva de las impuestas en causas N° 5223/CC1ra. y N° 5225/CC1ra., ambas de la IIa. Circunscripción Judicial (conf. fs. 37/40 y vta.).- - - - - - - - - - - - - - -

-----Con fecha 29-6-06 este Cuerpo se expide desfavorablemente ante un pedido similar al presente (fs. 29/31). - - - - - - - -

-----Que no habiendo transcurrido un año desde el informe elaborado por este Cuerpo y reseñado precedentemente (tal lo dictaminado respecto del primer punto evaluado por la Comisión Evaluadora prevista en el art. 5° del Dto. N° 1771/91), corresponde desestimar "in limine" el pronunciamiento solicitado.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

-----Por ello,

EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

R E S U E L V E

Primero: Desestimar "in limine" el pronunciamiento solicitado, por Lucas Gabriel CIFUENTES por las razones expuestas en los considerandos.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Segundo: Registrar, notificar con remisión de copia de la presente al Poder Ejecutivo Provincial, devolver las actuaciones agregadas, y oportunamente archivar.- - - - - - - - - - - - - - -

Fdo.:ALBERTO ITALO BALLADINI JUEZ VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ LUIS LUTZ JUEZ EN DISIDENCIA ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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Poder Judicial de Río Negro