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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0028/2007
Fecha: 2007-02-26
Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ MARTINEZ AMANCIO EMILIO Y OTRA S/ EJECUTIVO
Descripción: EMB. SUELDO Y OFICIO BANCO
EXPTE. Nº: 0028/2007.-
CARATULA: "CONFIAR S.R.L. C/ MARTINEZ AMANCIO EMILIO Y OTRA S/ EJECUTIVO".-
Viedma, febrero de 2.007.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada, sra. Estela Martinez Ferrari como empleada de Horizonte Compañía de Seguros Generales S.A. hasta cubrir la suma de $ 1.337,04 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 190 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la empresa mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A..-
Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar a la Dra. María Marcela Savioli a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta cubrir la suma de $ 250 por honorarios y la de $ 1.087,04 por capital, debiendo abonar primero la suma correspondiente a honorarios conforme lo dispone el art. 590 del C.P.C.C. e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada, teniéndose previamente que cumplir la ley 869.-
En consecuencia, a lo peticionado en el punto II, no ha lugar.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro