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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0451/2004
Fecha: 2007-02-23
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ DURRIEU ADRIAN S/ ORDINARIO
Descripción: CLAUSURA
EXPTE. Nº 0451/2004.-
CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ DURRIEU ADRIAN S/ ORDINARIO.-
Viedma, febrero de 2007.-
Atento lo solicitado, certifique la Actuaria el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se hayan producido. Fecho vuelvan.-
s.b.s..-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
C E R T I F I C O : Que a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:
PARTE ACTORA:
Documental: Tiénese presente.-
Informativa: de Oca Postal, producida a fs. 136 y de Correo Andreani, producida a fs. 135.-
Pericia caligráfica: producida a fs. 155/167.-
SECRETARIA, febrero de 2007.-
s.b.s.
Ana Carolina Soccia
Secretaria
Viedma, febrero de 2007.-
Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del C. Pr.. Notifíquese.-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro