Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1334/97/5

N° Receptoría:

Fecha: 2007-02-23

Carátula: KUCICH OMAR DOMINGO S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: prov

EXPTE. N° 1334/97/5

CARATULA: KUCICH OMAR DOMINGO S/ SUCESION AB INTESTATO

Viedma, febrero de 2007.-

I.- Por contestado el traslado dispuesto a fs. 324. Tiénese presente.-

II.- A la aprobación parcial del inventario y avalúo no ha lugar.-

III.- Atento el estado de autos y constancias de la causa, de la solicitud de levantamiento de la inhibición de bienes decretada a fs. 122 y a fs. 160, córrase traslado al acreedor hipotecario por el término de ley. Notifíquese.-

IV.- Con relación a la solicitud de levantamiento de las demás medidas cautelares que pesan sobre los bienes componentes del acervo hereditario, en atención a la naturaleza y tramitación de la presente acción, deberá ocurrir por la vía y forma, que en su caso corresponda.-

Asimismo, respecto a la citación peticionada a la sra. Gutierrez no ha lugar, ello por cuanto la misma ha estado presente en la diligencia de inventario y avaluo pudiendo en su caso presentarse a hacer valer sus derechos sin necesidad de citación judicial (conf. art. 725 C.Pr.).-

V.- Sin perjuicio de ello, a la solicitud de agregación por cuerda del Expte. n° 673/01/5 caratulado: "Banco de la Nación c/ Kucich Juliana Ercilia y otros s/ Ejecución Hipotecaria" estése a la constancia que obra a fs. 152.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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