Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0321/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2007-02-23

Carátula: CASELLA LEDA ALICIA C/ FRESCO RUBEN ALBERTO S/ EJECUTIVO

Descripción: EMB. SUELDO Y OFICIO BANCO

EXPTE. Nº: 0321/2006.-

CARATULA: "CASELLA LEDA ALICIA C/ FRESCO RUBEN ALBERTO S/ EJECUTIVO".-

Viedma, febrero de 2.007.-

Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado, sr. RUBEN ALBERTO FRESCO como empleado del I.PRO.S.S. hasta cubrir la suma de $ 2.874 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 466 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A..-

Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Martín Lejarraga y/o Gonzalo Loriente a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta cubrir la suma de $ 298 por honorarios y la de $ 2.576 por capital, debiendo abonar primero la suma correspondiente a honorarios conforme lo dispone el art. 590 del C.P.C.C. e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-

Tiénese presente las personas autorizadas para diligenciar los oficios ordenados.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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