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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36132
Fecha: 2007-02-23
Carátula: EMELKA S.A. C/FRIGOALLEN S.A. S/ Ordinario (se glosaron cpa y cpd)
Descripción: clausura periodo probatorio.-
//neral Roca, 23 de Febrero de 2007.-
Atento el estado de autos, encontrandose vencido el traslado conferido a fs.547,declárase la negligencia de la prueba faltante de realizar oportunamente ofrecida por la demandada (Informativa:Renzo, Tachetti, Jumaro SA), la que no podrá ser producida en esta instancia.- Consecuentemente, clausúrase el período probatorio.-NOT.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro