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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 21853/07
Fecha: 2007-02-22
Carátula: CHIATTI, YAMILA NATALIA S/ AMPARO S/ APELACIÓN
Descripción: Medida p/Mejor Proveer
Expte.N°21853/07-STJ-
Señor Presidente:
-----Atento a no surgir con claridad de autos, peticiono a título de medida para mejor proveer se requiera al médico tratante de Yamila CHIATTI y a la empresa CARAHUE ORTOPEDIA informen a este Tribunal si la prótesis cotizada y solicitada por el IPROSS cumple con las indicaciones que el médico definió al efectuar oportunamente el pedido de prótesis para la paciente. A dichos efectos, solicito se interrumpa el plazo para fallar. - - - - - -
Viedma, 20 de febrero de 2007.-
Fdo..ALBERTO I. BALLADINI JUEZ
///MA, 22 de febrero de 2.007.-
Acorde lo solicitado por el señor Juez de Primer voto, interrúmpanse los plazos para fallar y requierase a la actora Yamila CHIATTI para que junto a su médico tratante y a la empresa CARAHUE ORTOPEDIA, informen en el término de cinco (5) días a este Tribunal si la prótesis cotizada y solicitada por el IPROSS cumple con las indicaciones que el médico definió al efectuar oportunamente el pedido de prótesis para la paciente.-
Notifíquese por cédula a la actora y ofíciese a la empresa.-
Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro