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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 30228IV
Fecha: 2007-02-21
Carátula: BANCO DE LA PAMPA C/GIOVANINI Héctor Alberto S/ Ejecutivo
Descripción: contes.traslado.se aprueba subasta.-
//neral Roca, 21 de Febrero de 2007.-
Proveyendo el escrito de fs.535, téngase por contestado en legal tiempo y forma el traslado conferido a fs.521 último párrafo por el letrado apoderado de la parte actora y de la prescripción opuesta y nueva liquidación, traslado al apoderado de la Municipalidad de Villa Regina.-
Atento el estado de autos, a la indiponibilidad de fondos solicitada por el letrado de la Municipalidad de Villa Regina a fs.520 oportunamente, estése a la liquidación realizada a fs.544/546 por el ejecutante, atento la preferencia que tiene los gastos de justicia (art. 3879 inc.2 del C.C).-
Proveyendo el escrito de fs.544/546:Al punto I, agréguese y téngase presente.-
Al punto II, agréguese y de la liquidación practicada, traslado al demandado.- NOT.-
Al punto III, oportunamente.-
Al punto IV, agréguese la constancia de inscripción del letrado apoderado de la parte actora en I.V.A.-
Al punto V, procédase a la devolución del cheque por el monto de la oferta, el que encuentra agregado en sobre cerrado a fs. 552 al presentante por Secretaria y bajo constancia.-
Al punto VI, atento el estado de autos, aprúebase en cuanto ha lugar por derecho la subasta realizada por el martillero Horacio José Prosetto a fs.524/529.-
Al punto VII, en atención a lo solicitado y estado de autos, intímese al comprador en subasta Sr.Carmelo Domingo Crevario para que dentro del plazo de cinco días de notificado, abone el saldo de precio, todo ello bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580 del CPC.- Notifíquese en el domicilio legal constituído a fs.527/529 sito en calle Moreno 771 de esta ciudad.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro