Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 35346

N° Receptoría:

Fecha: 2005-05-13

Carátula: SUAREZ Juan Carlos S/ Beneficio de Litigar sin Gastos

Descripción: REGULACION

//neral Roca, 13 de mayo de 2005.

Téngase presente la renuncia efectuada.

Regulo los honorarios de la Dra.Angela Sosa en $90.- los del Dr. Armando Silverio Brusain en la suma de $90.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.

Oportunamente pasen en vista a RENTAS.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro