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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36363
Fecha: 2007-02-20
Carátula: GALAN Rosa c/ALMENDRA Graciela A. y otro S/ Desalojo
Descripción: Regulación
//neral Roca, 20 de FEBRERO de 2007.=
Y VISTOS: para regular honorarios en estos autos caratulados "GALAN Rosa C/ALMENDRA Graciela A y O. S/Desalojo" (Expte. 36.363-III-04).
Regulo los honorarios del Dr. HECTOR TRAPAGA en la suma de $ 294.- Dr. ROBERTO ARIAS en la suma de $ 294.- Dr. DANIEL CUOMO en la suma de $ 400.-(M.B. $ 4.200.-.arts. 6, 7 y 26 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro