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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 21469/06
Fecha: 2007-02-19
Carátula: MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ MANDAMUS
Descripción: cont.tras.sol.inf..-
Expte. N° 21469/06-STJ-
///MA, 16 de febrero de 2007.-
-----Por contestado en tiempo el traslado conferido a fs.599.- -
-----Tiénese presente el hecho nuevo denunciado (fs.602 vta. y ss.).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----Al pedido de informe respecto a la sanción, promulgación y publicación de las leyes 3787 y 3825: Atento encontrarse ambas leyes publicadas en el Boletín Oficial Provincial Nº 4160 y 4202, respectivamente, a lo peticionado, no ha lugar.- - - - - - - - -
-----Requiérase a la Legislatura de la Provincia de Río Negro, informe en el término de cinco días respecto la existencia del Proyecto Nº 445-06 y temática tratada en el mismo, y haga saber sobre cualquier otra información de interés para la resolución de la presenta causa.- A sus efectos, ofíciese.- - - - - - - - - - - -----Atento que la acción en curso corresponde a un proceso especial del instituto del art.44 C.P., comprendido dentro de las "Garantías Procesales Específicas" de la Constitución Provincial, y conforme la doctrina legal del S.T.J. (art.43 in fine de la ley 2430), al que caracterizan entre otros atributos la acreditación fehaciente y clara de los extremos de procedencia y celeridad, adviértase a la amparista y a la requerida en orden a la necesidad y la conveniencia de evitar la desnaturalización de dicho instituto por la eventual ordinarización de la causa.- - -
-----Hágase saber.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Fdo.VICTOR HUGO SODERO NIEVAS PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro