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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37627
Fecha: 2007-02-19
Carátula: Of. Dto: KRUK Jose R. c/INGENIERIA RONZA S.A. s/daños y perj. S/ Oficio Directo
Descripción: regulación
General Roca, 19 de febrero de 2.007.-
VISTOS Y CONSIDERANDO: Para regular honorarios en estos autos caratulados: “OF.DT. KRUK JOSE R. C/INGENIERIA RONZA S.A. S/DAÑOS Y PERJU. S/OFICIO DIRECTO” (EXPTE. N* 37.627-III-06).-
RESUELVO: Regular por sus actuaciones en autos, los honorarios del Dr. Joaquin Nicolas Garro en la suma de $ 90.- y Hernán Ariel Zuain en la suma de $ 90.-.(art. 12 de la ley 22172).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869.-
A la devolución solicitada, oportunamente.-
NOTIFIQUESE Y REGISTRESE.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro