Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36863

N° Receptoría:

Fecha: 2005-07-18

Carátula: YEZZI Osvaldo A. C/RENFINJES Donato y Otro S/ Ejecutivo (*)

Descripción: traslado de excepcion.orden de embargo.-

//neral Roca, 18 de JULIO de 2005.-

Al punto l, agréguese el oficio adjuntado.-

Atento el estado de autos y habiendose agregado el oficio librado en autos y proveyendo la presentación de fs.11, de la excepción interpuesta, traslado a la actora.-NOT.-

Al punto II, téngase presente y líbrese oficio a la empleadora firma MIELE SA a fin de que proceda a trabar embargo sobre los haberes del demandado ADAM FRANCISCO GRANDON -en el porcentaje establecido por ley- hasta cubrir las sumas de $ 458,50 en concepto de capital con más la suma de $ 300 calculados para intereses y costas.- Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA SUDAMERIS SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente, notifiquese al codemandado el embargo precedentemente ordenado.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro