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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36863
Fecha: 2005-07-18
Carátula: YEZZI Osvaldo A. C/RENFINJES Donato y Otro S/ Ejecutivo (*)
Descripción: traslado de excepcion.orden de embargo.-
//neral Roca, 18 de JULIO de 2005.-
Al punto l, agréguese el oficio adjuntado.-
Atento el estado de autos y habiendose agregado el oficio librado en autos y proveyendo la presentación de fs.11, de la excepción interpuesta, traslado a la actora.-NOT.-
Al punto II, téngase presente y líbrese oficio a la empleadora firma MIELE SA a fin de que proceda a trabar embargo sobre los haberes del demandado ADAM FRANCISCO GRANDON -en el porcentaje establecido por ley- hasta cubrir las sumas de $ 458,50 en concepto de capital con más la suma de $ 300 calculados para intereses y costas.- Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA SUDAMERIS SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifiquese al codemandado el embargo precedentemente ordenado.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro