Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 35851

N° Receptoría:

Fecha: 2005-07-18

Carátula: Municip. Villa REGINA C/CAMPOS Oscar A. S/ Ejecutivo

Descripción: se ordena levantamiento de embargo.-

//neral Roca, 18 de JULIO de 2005.-

Téngase presente la conformidad prestada por Rentas.-

Atento el estado de autos y lo peticionado por el letrado apoderado de la parte actora, procédase al levantamiento de embargo oportunamente trabado a cuyo efecto y toma de razón líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble correspondiente.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro