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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37706
Fecha: 2007-02-12
Carátula: SALINAS Adela C. y Otro c/ALMENDRA Hector y Otro S/ Interdicto de retener
Descripción: Apelación//Not. Preliminar
//neral Roca, 12 de FEBRERO de 2007.-
Proveyendo el escrito de fs. 98, concédese el recurso de apelación interpuesto.-
Pónganse los autos en Secretaría a fin de que se presente memorial.-
Oportunamente, elévense los presentes a la Cámara de Apelaciones.-
Proveyendo el escrito de fs. 99, sin perjuicio de no haberse corrido traslado de la documental acompañada a fs. 87/89, téngase presente la impugnación formulada.-
Asimismo y atento las cédulas agregadas a fs. 58 y 92, téngase por contestada la demanda en legal tiempo y forma por HECTOR ALMENDRA y JULIO CESAR ALMENDRA.-
Existiendo hechos controvertidos que serán objeto de comprobación, recíbase la causa a prueba y en atención a lo dispuesto por el art. 489 CPC fíjase audiencia preliminar el dia 27 de FEBRERO de 2007 a las 8.30 hs., a la que deberán concurrir las partes personalmente con sus letrados todo ello bajo apercibimiento de aplicar una multa de $ 200.- a las partes que no asistieran sin causa justificada, la que será a favor de la contraria, (art. 362 del citado texto legal). NOTIFIQUESE con transcripción del artículo mencionado por Secretaría.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro