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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37682
Fecha: 2007-02-12
Carátula: GANADERA RIO COLORADO S.H. C/EMELKA S.A. S/ Ordinario
Descripción: Regulación
//neral Roca, 12 de FEBRERO de 2007.=.
Y VISTOS: para regular honorarios en estos autos caratulados "GANADERA RIO COLORADO S.H. C/EMELKA S.A. S/ORDINARIO" (Expte. 37.682-III-06).
Téngase presente desistimiento de acción formulado por la actora.
Regulo los honorarios del Dr. Dino Maugeri en la suma de $ 400.- y los del Dr. Francisco M. Brown en la suma de $ 400.-. por la etapa cumplida.- (M.B. $ 25.000.- arts. 6, 7 y 20 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro