Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37622

N° Receptoría:

Fecha: 2007-02-12

Carátula: AGUAS RIONEGRINAS S.A. c/ALLENDE Antonio M. y O. S/ Ejecutivo

Descripción: regulacion.-

//neral Roca, 12 de Febrero de 2007.-

Al punto I, agréguese la conformidad prestada por Rentas.-

Al punto II, téngase presente la caución personal ofrecida.-

Atento el desistimiento formulado a fs. 23 y por las tareas desarrolladas en autos, regulo los honorarios profesionales de la Dra. SUSANA AMAYA DE SCATTAREGGIA en la suma de $ 168.- MB:$ 5.219,57 capital reclamado en autos.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, compeljidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla. (arts.6, 6 bis,7 y 20 Ley 2212 RN .-

Notifíquese y cúmplase con la Ley 869.-

Al punto III, agréguese los mandamientos acompañados.-

Al punto IV, en atención a lo solicitado, procédase al levantamiento de la medidas cautelares trabada y anotadas en autos (embargo e inhibición general) a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrese oficios al Registro de la Propiedad Inmueble correspondientes.-

Al Otrosi digo:Téngase presente la conformidad prestada por el Apoderado de Caja Forense.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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