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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 14018-104-06
Fecha: 2007-02-09
Carátula: BIROCCO MARCELO CLAUDIO / VUTEFF MARIA ALEJANDRA S/ LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
Descripción: Interlocutoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:14018-104-06
Tomo: 1
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
2
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 9 DE FEBRERO DE 2007
- - -VISTOS: Los autos caratulados: “BIROCCO MARCELO CLAUDIO C/VUTEFF MARIA ALEJANDRA S/LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL”, expte. nro. 14018-104-06 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-; y en ellos la apelación subsidiaria interpuesta a fs. 45
- - -Y CONSIDERANDO: Atento a las certificaciones de fs.67 y 68 al criterio sustentado por esta misma Cámara in re: “SANTINI, Ricardo c/ GEZ de la FUENTE y cía.” (SI 50/01), y siendo que los autos no estuvieron a disposición de la parte en los días de notificación ministerio legis, corresponderá hacer lugar al recurso en examen.
- - -Por ello la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL
- - -RESUELVE: I) HACER LUGAR a la apelación subsidiaria de fs. 45, disponiéndose la reposición del desglose ordenado a fs. 37
- - -II) REGISTRAR y protocolizar lo aquí resuelto, disponiendo que vuelvan los presentes a su instancia de origen para notificaciones y demás efectos.
LUIS MARIA ESCARDO EDGARDO JORGE CAMPERI HORACIO CARLOS OSORIO
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
ANTE MI:
ANGELA ALBA POSSE
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro