Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 21858IV

N° Receptoría:

Fecha: 2007-02-07

Carátula: BANCO DE LA PAMPA c/MARASCO Miguel A. y otro S/ Ejecutivo

Descripción: se ordena embargo.-

//neral Roca, 07 de Febrero de 2007.-

Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón librese oficio a la empleadora Municipalidad de Neuquén, haciendose efectiva la medida en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas fijadas a fs. 125 (capital más costas).-

Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente, notifiquese al accionado el embargo precedentemente ordenado.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro