include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 21858IV
Fecha: 2007-02-07
Carátula: BANCO DE LA PAMPA c/MARASCO Miguel A. y otro S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena embargo.-
//neral Roca, 07 de Febrero de 2007.-
Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón librese oficio a la empleadora Municipalidad de Neuquén, haciendose efectiva la medida en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas fijadas a fs. 125 (capital más costas).-
Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifiquese al accionado el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro