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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0713/2006
Fecha: 2007-02-05
Carátula: MORON DAMIAN DARIO C/ LOPEZ EDGARDO ANGEL S/ SUMARIO S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Descripción: INICIA EJECUCION DE HONORARIOS
EXPTE. Nº 0713/2006.-
CARATULA: MORON DAMIAN DARIO C/ LOPEZ EDGARDO ANGEL S/ SUMARIO S/ EJECUCION DE HONORARIOS.-
Viedma, febrero de 2007.-
Agréguese y tiénese por cumplimentado lo ordenado en el 3er. párrafo de fs. 6.-
En consecuencia, tiénese por iniciada ejecución de honorarios (art. 500 inc. 3 del Código Procesal Civil y Comercial).-
En los términos del art. 502 primer párrafo del código citado, trábese embargo sobre el inmueble denunciado a fs. 5 vta., por la suma de $ 2.695 en concepto de honorarios, con más la suma de $ 531 presupuestada para responder a intereses, costas y costos de la ejecución, siempre y cuando se encuentre a nombre del demandado, sr. Carlos Alberto Morón. A tal fin, líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble de Río Negro.-
Déjase constancia de la iniciación del presente trámite en los autos principales.-
a.p.
Alejandro J.E. Moldes
Juez
N O T A : De haberse procedido a lo ordenado precedentemente. Conste.-
SECRETARIA, febrero de 2007.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro