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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36711
Fecha: 2007-02-01
Carátula: CREDIL S.R.L. c/ AGUILAR Jorge Daniel S/ Ejecutivo
Descripción: se amplia embargo.-
//neral Roca, 01 de Febrero de 2007.-
En atención a lo solicitado, líbrese nuevo oficio a la empleadora a fin de que prosiga con el descuento de haberes del accionado en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas de $ 220,81 en concepto de capital con más la suma de $ 150 calculados para intereses y costas.-
Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al Banco Patagonia SA sucursal local a la orden del Tribunal y en la cuenta judicial de estos autos.-
Oportunamente, notifiquese al acciconado el embargo precedentemente ordenado.-
El monto del embargo ordenado precedentemente surge de restar a la planilla de liquidación aprobada a fs.73 ($ 620,81) la extracción de $ 400 ordenada en la mencionada foja.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro