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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 21640/06
Fecha: 2006-12-28
Carátula: MOSQUERA MIGUEL ANGEL S/ INDULTO
Descripción: A.I. (Of.)
///MA, 28 de diciembre de 2006.-
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "MOSQUERA, MIGUEL ANGEL s/INDULTO" (Expte. N° 21640/06-STJ-), puestas a despacho para producir el informe previsto en el art. 44 inc. b de la Ley N° 2430, en concordancia con lo dispuesto en el art. 181 inc. 4 de la Constitución Provincial, y- - - - - - - - - - - --
CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --
Los señores Jueces doctores Víctor H. SODERO NIEVAS, Alberto I. BALLADINI y Luis LUTZ dijeron:- - - - - - - - - - - - - - - - -
-----Que a fs.66 y vta. Miguel Angel Mosquera, DNI. N° 21.384.317, nacido en Allen el 27-2-1970, actualmente alojado en el Establecimiento de Ejecución Penal N° 2 de General Roca, se presenta ante el señor Gobernador de esta Provincia solicitando una conmutación de la condena que oportunamente se le impusiera.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --
-----Al encartado en autos le dictaron las siguiente Resoluciones: 1).- En fecha 13/03/2003 el Juzgado Correccional N° 1 de Neuquén Capital en causa N° 2952/1 lo condena por considerarlo coautor de los delitos de ROBO REITERADO (dos hechos) EN GRADO DE TENTATIVA (fecha del hecho: 14-06-1999) a la pena de un (1) mes de prisión en suspenso (fs. 13 y vta). 2).- Con fecha 14-04-2003 en causa N° 2.357/02 por ante la Cámara Segunda en lo Criminal de General Roca (R.N.) es sentenciado a la pena de siete (7) años de prisión por considerarlo coautor del delito de ROBO CON ARMAS EN CONCURSO IDEAL CON TENENCIA DE ARMA DE GUERRA (fecha del hecho: 05-05-2002). En el mismo fallo revocan la condicionalidad de la pena otorgada en causa N° 2952 del Juzgado Correccional N° 1 de Neuquén, unificando las penas en SIETE (7) AÑOS DE PRISIÓN (fs. 14/21 y vta.).- - - - - - - - - - -----Con fecha 15-09-2004 este S.T.J. se expide favorablemente ante una petición similar a la presente (fs. 25/27). El Poder Ejecutivo Provincial, mediante Decreto N° 1351 del 17-11-2004 resuelve reducir en un (1) mes la condena impuesta (fs. 38) y con fecha 17-5-2006 se expide desfavorablemente (fs. 57/60).- - - - - -----Según los informes proporcionados por la Sra. Secretaria del Tribunal sentenciante de fs. 22, el encartado en causa N° 2952/J.C.N°1 de Neuquén estuvo detenido dieciseis (16) días. En causa N° 2357/02/CCIIa. fue detenido el 05-05-2002, por lo tanto, y teniendo en cuenta la rebaja antes aludida, estamos en condiciones de establecer que vence la pena impuesta el 18-03-2009.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --
-----Que no habiendo transcurrido un año desde el último informe elaborado por este Cuerpo (17-5-2006; fs. 57/60), corresponde desestimar "in limine" el pronunciamiento solicitado.- ASI VOTAMOS.- - - - - - - - - - - - - - - - - - --
-----Por ello,
EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
R E S U E L V E:
Primero: Desestimar "in limine" el pronunciamiento solicitado, por Miguel Angel MOSQUERA ESPARZA por las razones expuestas en los considerandos.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Segundo: Registrar, notificar con remisión de copia de la presente al Poder Ejecutivo Provincial, devolver las actuaciones agregadas, y oportunamente archivar.- - - - - - - - - - - - - - -
Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ ALBERTO ITALO BALLADINI JUEZ LUIS LUTZ JUEZ ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro